jueves, 21 de diciembre de 2017

EN BARCELONA LA PAPELETA ES MÁS PEQUEÑA (act.)


 
    Se acaban de celebrar las elecciones para elegir los diputados al Parlamento de Cataluña en unas condiciones anómalas por aplicación del artículo 155 de la Constitución. ¿Y qué pinta un físico opinando sobre cuestiones políticas? Pues lo de siempre: mi perpetua curiosidad y mi obsesión por los datos.  Ayer por la mañana, día de las elecciones, el catedrático de Derecho Constitucional Carlos Ruiz Miguel de la Universidad de Santiago publicó en su blog un artículo con hechos que yo desconocía.

http://blogs.periodistadigital.com/desdeelatlantico.php/2017/12/21/elecciones-regionales-catalanas-2017-un-

 
  Son básicamente dos:

i) La ley electoral catalana de reparto de escaños se basa en una disposición transitoria del Estatuto de Autonomía de 1979 en el que reparte de manera automática 6 escaños a cada una de las tres provincias de menos población: Tarragona, Gerona y Lérida. Los restantes asientos en el Parlamento vendrán por un reparto proporcional según la población para las cuatro provincias catalanas

ii) La misma disposición fija además un máximo de 85 escaños para la provincia de Barcelona.

  Claramente hay una infrarrepresentación de los electores censados en la provincia de Barcelona.  Caracen de mínimo en el reparto “inicial” y además se le otorgan menos de los que le corresponde por población.

  En las elecciones catalanas se eligen 135 representantes para su Parlamento. Se otorgan, como digo, 6 "entrantes" a Tarragona, Gerona y Lérida y el resto por población imponiendo un máximo de 85 escaños a la provincia de Barcelona.

  Según el censo de las elecciones de 2015 hay un total de 5 millones y medio de catalanes con derecho a voto. “Poblacionalmente” se reparten 117 escaños (18 ya han sido "otorgados" a T, G y L) ==> 47.000 votos por escaño. Por provincias (entre paréntesis los escaños oficiales por la cuota máxima de B):

B:  4.100.000 ==> 87 escaños (85)
T:  562.000 ==> 18 escaños (18)
G:  510.000 ==> 17 escaños (17)
L: 314.000 ==> 13 escaños (15)

  Si atendemos únicamente al criterio “poblacional” se reparten 135 escaños  ==> 40700 votos por escaño. Por provincias:

B:  4.100.000 ==> 101 escaños (85)
T:  562.000 ==> 14 escaños (18)
G:  510.000 ==> 12 escaños (17)
L: 314.000 ==> 8 escaños (15)

   Los resultados oficiales han sido los siguientes:

CATALUÑA (RESULTADOS OFICIALES)

INDEPENDENTISTAS
Comú (7,45%) 8
CONSTITUCIONALISTAS
ERC (21,39%) 32

C´s (25,37%) 37
JxCat (21,65%) 34

PSC (13,88%)  17
CUP (4,45%) 4

PP (4,24%) 3
70      
8
57


Aplicando el modelo puramente poblacional que propongo (sin repartir arbitrariamente esos 6 escaños a Tarragona, Gerona y Lérida):

CATALUÑA (REPARTO PROPORCIONAL DE ESCAÑOS) *


INDEPENDENTISTAS
Comú (7,45%) 8
CONSTITUCIONALISTAS
ERC (21,39%) 31

C´s (25,37%) 37
JxCat (21,65%) 31

PSC (13,88%)  20
CUP (4,45%) 4

PP (4,24%) 4
66
8
61







 

¿No hubiese sido mejor, sres. Rajoy y Soraya,  para la causa del constitucionalismo que el Decreto de convocatoria de estas elecciones prevaleciese el principio de un-hombre-un-voto e impedir así que la papeleta de los votantes de la provincia de Barcelona sea más pequeña? Como mínimo se garantizaría que los independentistas no hubiesen tenido mayoría absoluta.


César Romero
@CesarRomGa
Doctor en Física


*
BARCELONA

INDEPENDENTISTAS
Comú (8,42%) 8
CONSTITUCIONALISTAS
ERC (20,64%) 21

C´s (26,44%) 28
JxCat (18,97%) 20

PSC (15,17%) 16
CUP (4,36%) 4

PP (4,35 %) 4
45
8
48


TARRAGONA

INDEPENDENTISTAS
Comú (5,35%) 0
CONSTITUCIONALISTAS
ERC (23,75%) 4

C´s (27,34%) 5
JxCat (21,75%) 3

PSC (11,78%) 2
CUP (4,00%) 0

PP (4,55%) 0
7
0
7


GERONA

INDEPENDENTISTAS
Comú (4,03%) 0
CONSTITUCIONALISTAS
ERC (21,70%) 3

C´s (19,53%) 3
JxCat (36,69%) 5

PSC (8,62%) 1
CUP (5,31%) 0

PP (2,83%) 0
8
0
4


LÉRIDA

INDEPENDENTISTAS
Comú (3,90%) 0
CONSTITUCIONALISTAS
ERC (26,70%) 3

C´s (16,98%) 1
JxCat (32,49%) 3

PSC (9,04%) 1
CUP (5,04%) 0

PP (4,53%) 0
6
0
2

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